Ya en la calle el nº 1041

Las irregularidades observadas en Caravaca ponen en tela de juicio las actuaciones administrativas y urbanísticas llevadas a cabo por el Ayuntamiento en los últimos años

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EL NOROESTE

La ciudad de Caravaca de la Cruz amanecía el viernes 31 de octubre con la noticia de la imputación del equipo de Gobierno que aprobóDomingo Aranda inicialmente el plan parcial de El Roblecillo además de la Junta de Gobierno del 19 de octubre de 2009 y la del 3 de septiembre de 2010.
A tan solo unos días para que prescriba administrativamente un supuesto delito de prevaricación (diez años según el anterior Código Penal) en la aprobación de la finca El Roblecillo, ubicada en Archivel, el titular del juzgado de instrucción número 6 de Murcia decretaba el auto por el cual se ha imputado a más de un treintena de personas, entre ediles, empresarios, técnicos y asesores. Aunque forma parte de una pieza separada, el juez instructor ha encontrado evidencias de una supuesta falsedad documental, que se podrá dirimir en un procedimiento anexo, y que afecta al secretario del consistorio y a los componentes de la Junta de Gobierno del 18 de enero de 2013. De todos los miembros del actual equipo de Gobierno no están imputados los ediles José Francisco García, Antonio María Álvarez y Emilio Pérez.
De la instrucción de los hechos, el Magistrado ve indicios claros de la comisión de un delito de prevaricación, puesto que un dato significativo es que todas las trabas administrativas que surgían debido a la recalificación de El Roblecillo iban siendo subsanadas posteriormente, tanto en los organismos municipales como en las distintas direcciones generales vinculadas con el proyecto.
En El Roblecillo estaba prevista la construcción de 8.000 viviendas, de las cuales no sé llegó a construir ninguna. La finca tenía inicialmente la calificación de “Suelo No urbanizable protegido por el planeamiento como UN-F Protección forestal, según explica el auto, “zona de protección oficial por su valor forestal, y pocos meses después se pretende el encastre en ese Plan General de una modificación para la construcción de viviendas”. Para el juez de instrucción, es indicio de actividad prevaricadora e ilícita la aprobación del concierto urbanístico de modo “indiciariamente completamente voluntarista y arbitrario”.
Fue en julio de 2004, cuando Golden Sky, S.L. solicita la reclasificación de 1.451 de suelo no urbanizable de protección forestal. Según el propio auto, “las anteriores propuestas tuvieron una clara contestación en un informe clave, el de los tres arquitectos municipales del Ayuntamiento (Ramón Giménez, José A. Medina y Ana Marsilla,”, basándose en que “no siendo homogéneos los criterios de delimitación en este sentido y desde un punto de vista de la estructura del territorio, para la clasificación y sectorización del suelo no urbanizable”. Posteriormente se emitió un segundo informe favorable de la Consejería de Obras Públicas, donde se aprueba la recalificación de los terrenos.
Señala el Auto que la motivación podría ser de índole económica, ya que se alega por parte del consistorio una mejora de la economía local con una actividad del sector servicios. El convenio establecía pagar al Ayuntamiento de Caravaca un total 4,455 millones de euros, más 600 euros por cada de unas viviendas, matizando la instrucción que se trata de “una particular interpretación de las bondades para la economía local de esta promoción y de las oportunidades empresariales que abriría”.
Es por ello que se trata de “investigar más en profundidad lo sucedido, interrogando en calidad de imputados a las personas que votaron, con los once votos a favor de los miembros del Pleno Municipio”. En aquel momento los once ediles eran: Domingo Aranda, Amador López, Salvador Gómez, Gonzalo López-Augüy, Antonia Marín, Juan González, Carmen Ruiz, Mercedes Vélez, Antonio Pérez, José Alfonso Sánchez-Guerrero y Orencio Caparrós.
También solicita, en calidad de testigos, la presencia de dos técnicos de la Confederación Hidrográfica del Segura para comprobar si se emitieron informes desfavorables del proyecto, que no garantizaban el servicio de aguas de la futura urbanización.
Un proyecto que jamás vio la luz, en unos terrenos donde un día se sembraban lechugas y tiene viso de que ese será su final. La empresa Gonden Sky propiedad de Manuel Sánchez Contreras y José Luis Cano Valverde (fallecido) vendía parte de sus acciones a Torrevisa, un contrato que jamás llegó a formalizarse económicamente, posteriormente presentaban concurso de acreedores y actualmente los terrenos han sido supuestamente adquiridos por un fondo de inversión que busca comprador final.

Golden Sky pagó en “B” parte de los terrenos
Según la causa, se ha encontrado una contabilidad paralela en la que existe un desfase de 300.000 euros entra la contabilidad de la empresa y lo que consta en el Ayuntamiento, y que se va a investigar este extremo.
La empresa afincada en Librilla, supuestamente ha pagado en “B” parte de los terrenos de la finca El Roblecillo, según se desprende de un archivo Excel hallado en un ordenador propiedad de Betelur Consulting, del grupo Golden Sky. Según se desprende de algunos correos de los implicados se solicitaron a distintas empresas la creación de facturas por varios importes.

Cestas de navidad y patrocinio de actividades
El auto también repasa los distintos correos electrónicos que se enviaron los propietarios de Golden Sky en donde ponían de manifiesto el apoyo económico que prestaron a distintas actividades del municipio como fueron equipos de fútbol, voleibol, fiestas locales, etc.
También pone de manifiesto que algunos ediles de consistorio recibieron cestas de navidad de distintas cuantías. Según el consistorio, les daba traslado tanto a las Monjas Claras como al Asilo de Ancianos. El auto explica que dichos “regalos navideños no son de especial significación económica”. También se enviaron cestas navideñas a otros organismos como la CHS.

La Comunidad Autónoma obvia el informe desfavorable emitido por la CHS con anterioridad
También realiza una reseña de más de diez folios sobre los posibles incumplimientos por parte de los técnicos de la Comunidad Autónoma, de los cuales mantiene que se entiende que “estas omisiones no son explicables conforme a derecho sino desde una actuación presúmanle prevaricadora, pues indiciariamente silencia de modo voluntario, sin mención alguna a su existencia”, refiriéndose  a los informes de la Confederación hidrográfica y del consistorio. Posteriormente la empresa adquirió dos concesiones de extracción de aguas para subsanar dichos defectos.
Para el instructor tienen mayor relevancia los informes ambientales emitidos con relación a las modificaciones del Plan General, donde no se tuvo en consideración la reclasificación de suelo no urbanizable. 

Las incautaciones de los UCO abren una nueva línea de actuación y de imputaciones

El Auto del magistrado Carrillo dedica once folios a un posible delito de falsedad documental, ya que existen indicios de que los informes de ACAL (Abogados y Consultores de Administración Local) se emitían con posterioridad, a sabiendas de que ya se había votado en las Juntas de Gobierno, se los databa con anterioridad y supuestamente se trabajaba con ellos de manera ficticia, pues no existían. Es decir, según el auto, se informaba a la medida que se dictaba y convenía.

Dichas peticiones estarían relacionadas con el Plan Especial de Ordenación Viaria en el Entorno del Acceso de la Autovía del Noroeste al Sur del Caso Urbano; Plan Parcial “Los Molinos”; Proyecto de Urbanización en el ámbito del Plan Especial “Centro Multifuncional de Cultura”; Modificación Puntual num. 1 del Programa de Actuación “Camino de Mayrena”; Proyecto de Urbanización de la UA de Archivel; Plan Parcial “Venta Cavila”; Proyecto “Mayrena 1b”.
De esto último se deriva que las irregularidades observadas ponen en tela de juicio las actuaciones urbanísticas y administrativas llevadas a cabo por el Ayuntamiento en los últimos años.

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