Ya en la calle el nº 1036

La contratación internacional

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Raquel López Abellán

Abogada

En un mundo cada vez más globalizado, no sólo las grandes empresas exploran oportunidades de negocio fuera de nuestras fronteras, sino que muchas pequeñas y medianas empresas se han aventurado a exportar sus productos y servicios en el marco de la Unión Europea, o incluso fuera de éste.

Raquel López Abellán
Raquel López Abellán

Como sucede con los cimientos de una casa, que condicionan la seguridad y la estabilidad de la misma, también en el marco de las relaciones comerciales internacionales, para garantizar su estabilidad y seguridad y evitar que en el futuro se presenten altercados o consecuencias para las partes que puedan resultar, a la postre, costosas, es esencial prestar atención a la negociación y redacción de los contratos llamados a regular dichas relaciones; ya se trate de compraventa de mercaderías, licencia, transporte, agencia, comisión, joint venture, franquicia, distribución… u otros contratos atípicos.

La contratación internacional presenta peculiaridades significativas que exigen que sean tratados con la debida especialización.

Entre otras cosas, resultará muy relevante la determinación de la concreta ley estatal que deberá regir cada parte del contrato. Por ejemplo, las posibilidades del cliente de fijar su propia ley estatal como marco normativo para las relaciones que surjan de dicho contrato, o incluso la de elegir una ley distinta en los casos en que pueda resultar más beneficiosa para sus intereses.

Del mismo modo es crucial fijar en el contrato cuál será el mecanismo de resolución de disputas, para el caso de que éstas acontezcan entre las partes.

En la actualidad, no sólo disponemos de la posibilidad de acudir a las distintas jurisdicciones (en este punto, también será interesante con carácter general, fijar como jurisdicción competente la del propio cliente y evitar así que pueda ser demandado en otro país, o deba acudir a los tribunales de otro Estado en reclamación de sus créditos o derechos), sino que existen otros mecanismos como el recurso al arbitraje internacional.

Las cláusulas de arbitraje, que permiten el sometimiento de las controversias a tribunales privados que suelen ofrecer mayor agilidad y flexibilidad en la resolución de los conflictos, deben redactarse de forma clara y precisa, contemplando en ellas los presupuestos legalmente establecidos, para que su uso, en caso de que sea necesario, resulte sencillo y eficaz.

Además de estas cuestiones, otras tantas como el idioma y las demás particularidades que impone el carácter transfronterizo de la relación, a veces dificultan su desarrollo, por lo que desde ABELLÁN & SEUBERLICH ABOGADOS Y RECHTSANWÄLTE, donde contamos con una amplia especialización en el derecho internacional, recomendamos optar siempre por el estudio y la negociación de los contratos, por profesionales.

 

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