Ya en la calle el nº 1040

Las sanciones por infracción en el incumplimiento del horario de cierre de establecimientos públicos pasan a depender de la Comunidad Autónoma

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El Concejal de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Cehegín, Joaquín López Carreño ha informado de que, el pasado 28 de enero 2016, el Boletín Oficial de la Región de Murcia, publicó un Decreto Ley, por el que se detallaban una serie de medidas urgentes en materia de espectáculos públicos, cuya entrada en vigor tuvo lugar el día siguiente de su publicación.

Este Decreto-Ley, según se explica, quiere abordar un cierto vacío legal en nuestra Región ante la ausencia de normativa regional a la hora de tipificar las infracciones por incumplimiento de horario de cierre de los establecimientos públicos o término de los espectáculos públicos y actividades recreativas.

Por tanto, según el Concejal, “esa serie de medidas que veníamos aplicando los Ayuntamientos, tipificadas por nuestra regulación local y con un baremo de sanción, dependen ahora, en su ejecución administrativa, a la Comunidad Autónoma de Murcia y a la Dirección General competente en materia de espectáculos públicos. Es decir, cuando se cometa algún tipo de infracción a este respecto, y la policía tenga la obligación de sancionar, esta denuncia se enviará a los órganos respectivos de la Comunidad Autónoma, que es donde se tendrán que dirigir los interesados”.

La Concejalía de Seguridad Ciudadana ha informado también de las diferentes sanciones, publicadas en este Decreto-Ley, que podrían ir, desde una infracción leve, entre 200 y 1000 euros; y una grave, que sería entre 1000 y 5000 euros. Constituye infracción leve la apertura o el cierre de establecimientos públicos o la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas fuera del horario establecido o autorizado. Y la infracción grave la comisión en el término de un año de una tercera infracción leve por la apertura o el cierre de establecimientos públicos o la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas fuera del horario establecido o autorizado.

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