Ya en la calle el nº 1040

¿Hacienda no somos todos?

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Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.

Comité de EcuAfectados por la Hipoteca
Región de Murcia

Con el inicio de la conocida y grave crisis económica en España y por motivos de contexto económico ajenos a nuestra voluntad, como es la precariedad laboral y económica, muchas familias vulnerables nos vimos imposibilitadas para seguir haciendo frente al pago de las cuotas hipotecarias y a entregar nuestras viviendas habituales y únicos bienes inmuebles, mediante diferentes instrumentos (daciones en Pago, Subastas tanto Judiciales como Notariales, compraventas) como medio de pago para saldar las deudas antes mencionadas, algunas de estas reclamadas en procesos de ejecución hipotecaria.

Comité de EcuAfectados por la Hipoteca
Región de Murcia

¿Hacienda no somos todos?Con el inicio de la conocida y grave crisis económica en España y por motivos de contexto económico ajenos a nuestra voluntad, como es la precariedad laboral y económica, muchas familias vulnerables nos vimos imposibilitadas para seguir haciendo frente al pago de las cuotas hipotecarias y a entregar nuestras viviendas habituales y únicos bienes inmuebles, mediante diferentes instrumentos (daciones en Pago, Subastas tanto Judiciales como Notariales, compraventas) como medio de pago para saldar las deudas antes mencionadas, algunas de estas reclamadas en procesos de ejecución hipotecaria.

Mientras pudimos y teníamos los medios para hacerlo demostramos seriedad y responsabilidad en el cumplimiento de nuestras obligaciones para con la hipoteca, generando grandes plusvalías tanto para las entidades bancarias como para las arcas públicas. Sin embargo la diferencia entre el valor en el que se escrituramos las diferentes compraventas por las que adquirimos las que fueron nuestras viviendas habituales y el valor de la deuda que nos fue condonada, con posterioridad, se nos reclamaron diferentes deudas en concepto de INCREMENTO PATRIMONIAL, a pesar de haber perdido nuestra vivienda. Esto ha aumentado nuestra situación de precariedad financiera, cargándonos con recargos e intereses que en ocasiones han llegado a embargos sobre nuestras escasas nóminas impidiéndonos salir adelante y dejar atrás nuestra situación actual de vulnerabilidad.

La presión social y la visibilidad de este problema en las calles empujaron al gobierno a aprobar el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, con la modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Lo que no entendemos es cómo sólo se aplica esta exención a las transmisiones realizadas a partir del año 2010, dejando a numerosas familias que durante los años 2008 y 2009 ya en pleno desarrollo de la crisis económica provocada entre otros motivos por el estallido de la burbuja inmobiliaria, en la más absoluta indefensión. Y sin embargo posteriormente se introdujeron diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público aprobando cuantas medidas fueron necesarias de manera que la Agencia Tributaria apenas sancione a los defraudadores que recaudaron cantidades ingentes de dinero que no justificaron, manteniendo el tipo impositivo de las grandes rentas en este país, claramente por debajo de la media Europea, mientras que se muestra implacable con las personas que se sobre endeudaron para acceder al derecho a la vivienda reconocido en el art. 47 de la Constitución.

Con estas medidas nos están condenando a una muerte civil precisamente la administración, ya que jamás podremos hacer frente a lo reclamado, discriminándonos y vulnerando el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución y tratados internacionales suscritos por España, que deben regir el funcionamiento tanto de la actividad de las Administraciones públicas como la del gobierno y la del parlamento en las diferentes funciones que tienen atribuidas, máxime teniendo en cuenta que todo el ordenamiento jurídico, comenzando por la Constitución, en lo relativo a derechos fundamentales y libertades, debe ser interpretado conforme a los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos (artículo 10.2 CE)

Por todo esto y en beneficio de todas las familias en nuestra misma situación nos concentraremos el día Jueves 18 de Febrero a las 11:00 en la puerta de la Delegación del Ministerio de Hacienda para entregar una “reclamación conjunta” solicitando que se modifique la ley del IRPF extendiendo la exención sobre la ganancia patrimonial implementada por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia a todas las trasmisiones que tuvieron ocasión por los motivos antes descritos, eliminando toda restricción temporal y procediendo al levantamiento de los embargos acordados, así como a la devolución de las cantidades ya satisfechas o embargadas.

 

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