Ya en la calle el nº 1040

Auditorías externas en los ayuntamientos

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
Pocket
WhatsApp

Añade aquí tu texto de cabecera

Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.

Mª Cruz López/

En la recién pasada campaña electoral de elecciones municipales hemos asistido a la presencia en muchos de los programas electorales del compromiso por parte de los candidatos de realización de auditorías externas, constituyendo toda una novedad la importancia que se les ha dado.

Auditorías externas en los ayuntamientos
La razón de que se haya puesto el foco de atención sobre este tema no es otro que la evolución democrática en nuestro país, que navega hacia una exigencia de transparencia en las cuentas públicas, habida cuenta –valga la redundancia- de la proliferación de la corrupción en las corporaciones locales en los últimos tiempos.
El legislador español ha establecido dos mecanismos de control de las cuentas municipales mediante un doble sistema: fiscalización interna y externa.
Respecto al control interno la función viene a ser realizada por la intervención municipal, y la externa se realizará por el Tribunal de Cuentas, al rendirse anualmente la cuenta general del ejercicio, con el alcance y condiciones que establece la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas.
A ello parece que se le quiere añadir la figura de la auditoría externa, sin perder de vista que, según la legislación vigente, los encargados de realizar esta función son organismos públicos que ya tienen encomendada tal tarea.
Es por tanto esta una posible respuesta a las demandas de la ciudadanía, encargándose ya en años anteriores por el Tribunal de Cuentas un Informe de fiscalización de los contratos de asistencia técnica para la realización de auditorías en las Entidades Locales, en los ejercicios 2004, 2005 y 2006.
Las conclusiones a las que llega este informe no dejan dudas sobre hasta qué punto se pueden encargar auditorías externas cuando se supone que dicha función como tal ya es realizada por funcionarios públicos:
• El ejercicio de la función de control sobre la gestión económico-financiera y las cuentas del sector público, en sus diferentes modalidades en las que cabe incluir la técnica de la auditoría, tanto en cuanto control interno como control externo, está expresamente encomendado en nuestro ordenamiento jurídico a Instituciones u Órganos públicos, resultando excepcional la participación de la empresa privada.
• Se podrán realizar contratos de colaboración previa justificación fundamentada de su necesidad, y en todo caso estarán sometidos a control y aceptación de los órganos públicos responsables del control de cuentas sin que los informes que emitiesen hipotéticamente alcancen el carácter formal de informes de auditoría.
• Tendría igualmente que justificarse la falta de medios para realizar tales informes por los propios funcionarios públicos. El ejemplo sobre este extremo lo tenemos en el encargo de realización de informes técnicos de urbanismo aun contando con funcionarios públicos en dicho departamento.
• Aunque muchas de las instituciones que echan mano de la auditoría de cuenta externa realizan el procedimiento de adjudicación negociado sin publicidad, sería conveniente que fuera un contrato negociado y con expresa mención de los aspectos técnicos y económicos sobre los que se incidirá.
• Otro de los aspectos en los que se incide es que la amplitud que se les da, tanto temporal como material, al objeto de estudio, impide satisfacer el primero de los fines perseguidoscon este tipo de actuaciones: la mejora del control de la gestión económica financiera y la consiguiente reducción de los riesgos derivados de las ineficiencias del control interno, por lo que las conclusiones a las que se pueda llegar no pueden considerarse válidas.
Ya en 2011, la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, y a la luz de las conclusiones de este informe, instó al Gobierno a que llevase a cabo el estudio de posibles medidas que pudieran adoptarse en la organización administrativa de las Entidades Locales y que pudieran incorporar economías de escala en la prestación de los servicios públicos y facilitaran el control y seguimiento de su actividad y de su situación financiera.
También recuerda al órgano externo encargado de la auditoría de cuentas que dé traslado de dicho informe a las entidades municipalistas a fin de que recuerde a todos los responsables de las Entidades Locales cuál es el marco jurídico establecido en nuestro ordenamiento jurídico para la función del control de las entidades públicas y la necesidad de que cualquier colaboración que pudiera solicitarse a auditores privados habrá de estar adecuadamente justificada por carencia de medios propios y su contratación, ejecución y resultados supervisados y aceptados por el funcionario público de la entidad local que tiene atribuida la función de control de la misma.
Ahora bien, retomando lo expuesto más arriba, la ciudadanía tiene la necesidad y demanda que las corporaciones locales sometan a auditoría externa sus cuentas como medida para luchar contra la corrupción en España y se refuercen las tareas de control y fiscalización que actualmente ya realizan los órganos de control interno y externo de los propios entes locales.
En esta línea, Mario Alonso, presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), explica que “la posibilidad de que sucedan casos de corrupción como los que se están detectando en ayuntamientos sería mucho menor con auditorías anuales externas. Si se está demandando que las empresas privadas se auditen, con muchísima más razón tenemos que exigir esto mismo a la Administración”. Y ha añade que “creemos que esta medida debe incluirse en un posible pacto contra la corrupción, que hay que potenciar los controles anuales de las cámaras de cuentas en la administración local y que los auditores privados tienen que colaborar en la auditoría del sector público para reforzar la confianza y la transparencia del mismo”.

¡Suscríbete!

Recibe cada viernes las noticias más destacadas de la semana

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
Pocket
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.